Pasaban pocos minutos de la siete de la tarde cuando el Juez Único de Competición ha dado la razón al Atlético Baleares en la impugnación del Nàstic 2-0 Atlético Baleares por alineación indebida de Tomeu. De este modo, el juez otorga la razón al club de las Islas, ya que en las categorías no profesionales -entre ellas, según entienden los isleños, la Segunda B-, la edad máxima de un portero para jugar con una ficha del filial en el equipo superior es la de 23, y Nadal cumplió 25 días antes del encuentro.

Así pues, el resultado del encuentro pasa a ser de 0-3 a favor de los de Nico López, por lo que el Nàstic cae a la décimo primera posición con treinta y tres puntos. De este modo, la promoción de ascenso queda a quince puntos para los granas, cuando quedan por disputarse treinta y nueve. Por contra, el conjunto de Vicente Moreno se acerca a unas plazas de descenso que quedan sólo nueve puntos por debajo, mientras que la de promoción de permanencia está a siete.

Por si no fuera poco el golpe que recibe el equipo grana en la clasificación, el club deberá abonar una sanción económica de 3001€ y, evidentemente, para que no hayan más partidos impugnados, Nadal no podrá volver a jugar esta temporada. A partir del momento en que el equipo catalán reciba la notificación, es decir a partir de hoy, tiene diez días hábiles para presentar recursos al Comité de Apelación.