Ya se conoce la sentencia de la Jueza Única de Competición, de Carmen Pérez, por el ‘caso Chumi’. La magistrada ha resuelto que el FC Barcelona cometió alineación indebida de Juan Brandáriz, “Chumi”, en el partido de ida de octavos de final de Copa del Rey ante el Levante, disputado el 10 de enero en el Estadio Ciudad de Valencia.

La resolución explica que: "aunque a dicha alineación indebida correspondería la imposición de las consecuencias previstas en el artículo 76 del Código Disciplinario de la RFEF, la misma no resulta posible en este caso en aplicación de lo ordenado por el TAD a esta Jueza Única de Competición mediante Resolución de 8 de marzo de 2019”.

Es decir, los culés pueden estar tranquilos. La alineación indebida no tendrá efectos a nivel deportivo, ni por el momento económicos. El Barça podrá disputar la final del torneo del KO ante el Valencia, el 25 de mayo en el Estadio Benito Villamarín. Esto sucede porque la denuncia interpuesta por el Levante estuvo fuera del plazo permitido.

La Jueza Única de Competición permitirá al equipo granota realizar una reclamación al Comité de Apelación en los siguientes 10 días hábiles desde la notificación de resolución del caso.

Desde el Levante, mediante un comunicado, se muestran satisfechos con la sentencia del caso, ya que les da la razón a lo expuesto por la entidad desde el comienzo de todo el suceso. Sin embargo, lamenta que la denuncia no se haya producido dentro de los plazos establecidos en el reglamento y de la forma deseada. Además, en el comunicado, se comenta que estudiarán el recurso al no haber en esta resolución consecuencias disciplinarias.

Por otro lado, en Can Barça están estudiando la posibilidad de realizar un recurso, ya que la decisión judicial puede permitir que el equipo valenciano pida una indemnización al culé.