Después de los procedimientos de apelación entre Andrea Iannone (piloto de MotoGP), la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) y la Federación Internacional de Motociclismo (FIM), en el cual constaba que el piloto italiano había cometido una infracción de las normas antidopaje (ADRV) por presencia de Drostanolona (un esteroide anabólico destacado en la lista prohibida de la AMA de 2019) y se le impuso un período de inelegibilidad de 18 meses. El Tribunal de Arbitraje Deportivo (CAS) ha anunciado hoy su decisión, rechaza la apelación de Andrea y confirma la apelación de WADA, pero la decisión de la Corte Internacional de Disciplina de la FIM ha sido anulada y reemplazada por la siguiente y nueva decisión:

Andrea Iannone es sancionado con un período de inelegibilidad de cuatro años a partir del 17 de diciembre de 2019 (concluirá en 2023).

Por todo ello, el CAS determina que todos los resultados competitivos obtenidos por Andrea Iannone desde el 1 de noviembre de 2019 inclusive hasta el comienzo de su suspensión están descalificados, con todas las consecuencias resultantes, incluida la pérdida de cualquier medalla, punto y premio. Todas las apelaciones fueron consolidadas y remitidas por los siguiente árbitros: El Dr. Hamid G. Gharavi, de Francia e IR de Irán (Presidente); el Juez Franco Frattini, de Italia; y el Excmo. Michael J. Beloff QC, de Reino Unido (Co-árbitros) en la audiencia que tuvo lugar el 15 de octubre de 2020. Y lo redactado a continuación consta en el acta publicada por el CAS.

Fue el 3 de noviembre de 2019, con motivo del Gran Premio de Malasia, en Sepang, por la que Andrea se sometió a un control de dopaje durante la competición que más tarde reveló la presencia de Drostanolona. Tras un procedimiento disciplinario interno, el Tribunal Disciplinario Internacional de la FIM decidió el 31 de marzo de 2020 que se debería suspender a Iannone de participar en cualquier competición o actividad de motociclismo durante 18 meses a partir del 17 de diciembre de 2019.

Iannone afirmó que la fuente de la sustancia prohibida era carne contaminada que había ingerido en Malasia antes del GP de Sepang 2019 y que, en consecuencia, debería ser totalmente absuelto y que la decisión impugnada debería ser anulada. La AMA, por otro lado, solicitó la imposición de un período de inelegibilidad de cuatro años con el argumento de que Iannone no había establecido con el estándar requerido que el origen de la sustancia prohibida del Tribunal de Arbitraje Deportivo en su muestra resultó de la contaminación de la carne y que, como consecuencia, la imposición de un período de inelegibilidad de cuatro años era la sanción apropiada.

Finalmente el CAS encontró que Iannone no había podido establecer ni el tipo exacto de carne que había consumido ni el origen de dicha carne. Además, el Grupo Especial de expertos constató que ni Iannone ni sus otros expertos pudieron establecer específicamente que existía un problema de contaminación de la carne por Drostanolona en Malasia. Por lo tanto, el CAS consideró que había cometido una norma antidopaje (ADRV). Andrea esencialmente dejó escritas protestas de su inocencia, su historial limpio y su supuesta falta de incentivos para drogarse. Factores que fueron insuficientes para establecer, en un balance de probabilidad, que el ADRV de Iannone no fue intencional (en caso de un ADRV no intencional, el período de inelegibilidad aplicable habría sido de dos años como máximo).

Como corresponde a un deportista establecer en el balance de probabilidades de que una ADRV no es intencionada, su incapacidad para hacerlo significa que se considera que ha cometido una ADRV intencionada, de acuerdo con las reglas antidopaje aplicables. Por lo tanto, la conclusión del Grupo Especial de expertos no descarta la posibilidad de que el ADRV de Iannone pueda ser el resultado del consumo de carne contaminada con Drostanolone, pero que Iannone no haya podido proporcionar ninguna prueba convincente para establecer que el ADRV que cometió no fue intencional.

Por lo establecido, el CAS concluyó, que el ADRV cometido por Andrea Iannone debía ser tratado como intencionado a los efectos de las reglas antidopaje aplicables y, por lo tanto, se confirma así la apelación de la AMA.

Por último, el TAS anula la decisión dictada por el Tribunal Disciplinario Internacional de la FIM de fecha 31 de marzo de 2020 e impone un período de inelegibilidad de cuatro años al piloto italiano.