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El caso Osasuna: ¿Podrá el conjunto navarro jugar la Conference League?

Los inspectores de la UEFA han considerado que la Sentencia del Tribunal Supremo, a través de la cual se condena a varios exdirectivos del Osasuna, es motivo suficiente para excluir al club de la competición europea.

El caso Osasuna: ¿Podrá el conjunto navarro jugar la Conference League?
Foto: Osasuna 
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Por Antonio José Albarral Borrego

El pasado viernes, el Club Atlético Osasuna tuvo conocimiento del informe elaborado por el Comité de Control Ética y Disciplina de la UEFA, a través del cual se declara la imposibilidad del club para participar en la UEFA Conference League, a la cual había clasificado tras una excepcional temporada.

¿Qué normativa habría vulnerado Osasuna?

Para entender correctamente la posible sanción, hay que remontarse a la temporada 2013 – 2014, en la cual, a juicio de los inspectores, el conjunto rojillo habría incumplido lo establecido en el artículo 4.1 g) del Reglamento de Competición.

En dicho precepto se establece que los clubes deben: ‘‘no haber estado directa y/o indirectamente involucrado, desde la entrada en vigor del Artículo 50 de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en ninguna actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido’’.

A su vez, el artículo 50.3 del Reglamento Disciplinario establece que: ‘‘si se produce cualquier actividad destinada a ocupar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, la UEFA declarará dicho club inelegible para participar en la competición’’. La sanción contempla la exclusión de competiciones europeas por un periodo mínimo de un año, siendo posible una sanción mayor. 

El órgano inspector de la UEFA considera que la Sentencia Nacional dictada por el Tribunal Supremo es motivo más que suficiente para considerar que el club ha vulnerado la normativa aplicable y que, por lo tanto, ha de ser excluido de la competición europea pese a haber transcurrido más de 9 años desde que acontecieron los hechos.

¿Hay algún caso similar que haya ocurrido en el pasado?

En los últimos años, la UEFA se ha mostrado sólida en la lucha contra el amaño de partidos, sancionando duramente a aquellos clubes que han contravenido la normativa vigente. 

El hecho que desencadenó esta respuesta por parte de la UEFA en este aspecto fue el caso del Milán del año 2007. En conjunto italiano fue sancionado simplemente con una pérdida de puntos como consecuencia de un escándalo de amaño de partidos, el cual implicó a otros conjuntos como Fiorentina, Reggina, Lazio y Juventus, que llegó a perder la categoría. El conjunto milanista, sin embargo, logró clasificar a la Champions League pese a la sanción impuesta, logrando levantar el trofeo de campeón la siguiente temporada.

Sin ir más lejos, en el año 2008 se sancionó al Oporto sin disputar competición europea tras haber sido sancionado su presidente y el propio conjunto portugués, habiéndose probado que se realizaron múltiples sobornos a miembros del colectivo arbitral.

Quizás el caso más similar al del conjunto rojillo, es el del Besiktas turco, el cual fue excluido de competiciones europeas durante la campaña 2013 – 2014, tras confirmarse un amaño de la final de la Copa de Turquía del año 2011. El Fenerbahçe también participó en dicho amaño y fue sancionado con dos temporadas de exclusión.

Besiktas y Oporto disputando un partido de Champions League.

¿Por qué es tan similar el caso del Besiktas al de C.A. Osasuna?

En el caso del conjunto turco, la Federación no sancionó ni al club ni a los dirigente, siendo estos sancionados posteriormente por la Corte Penal de Turquía. Tal y como ocurrió en el caso de Osasuna, la justicia turca únicamente condenó a los dirigentes del club, no al propio club.

Posteriormente, la UEFA excluyó al conjunto turco de la Europa League, siendo esta decisión refrendada tanto por el órgano de apelación de UEFA como por el TAS.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) remarcó que ‘‘las asociaciones miembro y los clubes son responsables de la conducta de sus jugadores, oficiales, aficionados y cualquier otra persona que ejerza una función en un partido en nombre de la asociación o club’’. Esto significa que los clubes podrán ser sancionadas por las conductas realizadas por aquellos que actúan en representación del mismo.

Por lo tanto, en función de lo establecido por el TAS en el caso del Besiktas, Osasuna podría ser sancionado por los actos realizados por sus representantes, pese a haber transcurrido más de 9 años desde que se realizó la conducta ilícita y a pesar de ser los actuales gestores del club los que denunciaron dichas actuaciones, actuando como acusación particular durante todo el procedimiento judicial para tratar de castigar a quien desviaron fondos con finalidades ilícitas.

¿Qué podrá hacer el equipo navarro?

El conjunto rojillo ya ha manifestado que no comparte en absoluto el criterio seguido por el Comité de Control Ética y Disciplina de la UEFA y que presentará las alegaciones oportunas ante el Comité de Apelación para luchar hasta el final defendiendo los intereses y derechos del club.

Los pasos a seguir por equipo presidido por Luis Sabalza están bien definidos. En caso de que finalmente la UEFA decida sancionar al club, este podrá recurrir la decisión adoptada ante el Comité de Apelación de la propia UEFA. En caso de que dicho órgano ratifique la decisión adoptada previamenteOsasuna deberá acudir al TAD esperando una resolución favorable a sus intereses y que, en todo caso, será definitiva.

La sede del Tribunal de Arbitraje Deportivo en Lausana

 

No deja de ser cuanto menos curioso que la UEFA pretenda castigar a Osasuna sancionando al club y no a aquellos que realizaron las conductas ilícitas, perjudicando a unos administradores que, no tan solo no tienen nada que ver con aquellos que realizaron la conducta ilícita, sino que fueron precisamente quienes presentaron la denuncia para recuperar el dinero sustraído y limpiar la imagen del club

Es evidente que la UEFA ha de tener mano dura con aquellos que realicen contrarias al espíritu y a la ética de la competición, sin embargo, el mensaje transmitido puede no ser tan positivo en el caso que nos ocupa. En el futuro, los dirigente de los clubes pueden optar por guardar silencio y no denunciar este tipo de situaciones para evitar una eventual sanción que nada tiene que ver con su administración, causándose de esta forma un efecto totalmente contrario al pretendido por la UEFA.

Por el bien del fútbol español, esperemos que la UEFA recapacite y no sancione al conjunto rojillo, permitiendo que disfrute de lo que se ha ganado en el terreno de juego tras una temporada absolutamente brillante.