Uno de los temas que más revuelo ha levantado en más de una ocasión en los últimos años dentro del mundo del Turf, de las Carreras de caballos, ha sido el referido a los distanciamientos. El pasado domingo 11 de marzo, durante los metros finales de la tercera carrera disputada en el Hipódromo de la Zarzuela de Madrid, un movimiento brusco por parte de la potranca Carolini y el desenlace del establecimiento del resultado final volvió a provocar el debate y el run-run, como en otra multitud de ocasiones anteriores, entre los aficionados presentes en el recinto sobre si esa acción era merecedora o no de un distanciamiento.

Para aquellos lectores no tan familiarizados con el término, el Código de Carreras del Jockey Club Español, el reglamento para la celebración de las carreras, lo define en el segundo párrafo de su artículo 151.1 de esta manera: “Un caballo es distanciado cuando pierde el puesto en el que alcanzó la meta y es clasificado en una de las posiciones por detrás del caballo o de los caballos a los que haya molestado”. Igualmente recuerda a continuación que “distanciamiento” no es lo mismo que “descalificación” o “eliminación”.

Efectivamente, el distanciamiento de un caballo, como se indica previamente a esta definición en el mencionado artículo 151.1 del Código de Carreras, es la sanción impuesta a un caballo que, durante el recorrido de una carrera, con especial énfasis en la recta final y/o los últimos metros donde se decide la carrera haya “empujado, desequilibrado u obstaculizado por un cambio de línea, contacto u otro modo a uno o varios de sus competidores”. Esta fue la situación que se dio el otro día, tras un movimiento lateral brusco en la recta final, llegó a alcanzar a dos participantes cuando iban en pleno esfuerzo final, relegándolo a la quinta plaza, mientras Carolini mantuvo la cuarta posición final. El jockey del caballo afectado, Vaclav Janacek, declaró posteriormente a los Comisarios de carreras que este movimiento le privó de obtener una posición mejor en meta, motivo que establece el código para realizar un distanciamiento, pero que los Comisarios no apreciaron suficiente para alterar el orden definitivo e imponiendo una multa al jockey de Carolini,  como establece el artículo 151.2.

En una llegada en lucha, se hace necesario que cada caballo mantenga su línea de remate para evitar cualquier sanción. FUENTE: Amigos del Moyate
En una llegada en lucha, se hace necesario que cada caballo mantenga su línea de remate para evitar cualquier sanción. FUENTE: Amigos del Moyate

Problema

Como ya se interpretará, la mayor problemática de este tipo de sanción, que tanta polémica y cuestionamiento ha traído en los últimos años, está basada en la subjetividad e interpretación que en última instancia hacen los Comisarios de la revisión de las imágenes y las declaraciones de los jockeys afectados. Es debido a esta subjetividad por lo que, en la mayoría de los casos y a fin de evitar problemas mayores, no se aplican estos distanciamientos y se tiende a mantener a los órdenes de llegada.

Como contraposición, dado que en estos movimientos y cambios de línea se llega o se puede llegar a poner en riesgo la integridad y la seguridad de los jockeys, el apartado 2 de este artículo 151 contempla sanciones económicas para los jockeys de los caballos que provoquen estos movimientos bruscos. Es cierto, que está igualmente contemplado en el código francés, gran potencia en esta industria, pero actualmente existe cierta tendencia al uso abusivo de la imposición de estas multas en lugar de la aplicación de los distanciamientos.

¿La razón para aplicar en alguna ocasión más los distanciamientos? La protección a los propietarios de los caballos afectados por este tipo de movimientos y que les hacen perder posiciones en meta con la consecuente pérdida económica.

Por todo esto, parece necesario la necesidad de un mayor desarrollo reglamentario sobre este punto que sirva para concretar con detalle los casos y los supuestos en los que puedan o no darse estas sanciones ya que es una cuestión especialmente sensible y que afecta a todos los colectivos y en especial al de los jockeys ya que, además de afectarles económicamente, puede llegar a poner en serio riesgo su integridad.

Otras causas de distanciamientos

En el Código de carreras y en el apartado de sanciones del mismo se establecen otra serie de casos en los que será pertinente el distanciamiento y/o descalificación, pero estos casos no tienen nada que ver con el desarrollo mismo de la carrera sino con incumplimientos administrativos o reglamentarios, como el caso del dopaje.